vado permanente

¿Cómo solicitar un vado permanente? ¿Puedo aparcar en mi propio vado?

¿Cómo solicitar un vado permanente? ¿Puedo aparcar en mi propio vado?

Dado el incremento de la demanda de aparcamiento, especialmente en zonas urbanas, cada vez son más las personas que deciden solicitar un vado permanente. Aunque esta licencia confiera derechos a su propietario, en ocasiones surgen algunas dudas en cuanto a su funcionamiento y legalidad. Por ejemplo, ¿puedo aparcar en mi propio vado?, ¿cómo debo solicitarlo y a quién acudir?, ¿qué hacer si alguien aparca en mi vado?… A continuación, resolvemos todas las dudas.

¿Qué es un vado permanente?

Todos conocemos el vado permanente (o señal R-308). Pero, ¿qué derechos implica tener uno? Se trata de una autorización por parte del ayuntamiento correspondiente por la que se reserva un determinado espacio de la vía pública; esto es, una parte de la acera (que es un bien de uso común), para permitir la entrada y salida de vehículos de un inmueble, ya sea edificado o sin edificar.

El titular del vado deberá abonar la tasa correspondiente al ayuntamiento; de lo contrario, esta reserva de espacio dejará de tener validez, la cual asciende a 1 año. Por tanto, si transcurrido este período el propietario no renueva la licencia, podría ser sancionado. La multa es de entre 501-901€ aproximadamente.

Vado permanente… ¿es un derecho de reserva de la plaza?

La respuesta es no. Un vado permanente es un derecho de paso por la acerca hasta el inmueble o garaje; se trata de una tasa que el titular ha de abonar por este derecho, que en ningún caso será un derecho de reserva de plaza, ya que en este caso se trataría de un beneficio particular.

¿Puedo aparcar en mi propio vado permanente?

Siguiendo el apartado anterior, dado que el vado permanente es un derecho de paso y no de propiedad de la vía pública y esta señal es de obligado cumplimiento para todos los vehículos, el propietario (al igual que el resto de usuarios) no puede aparcar en la zona delimitada de acceso. Esta zona suele identificarse por la aminoración del bordillo de la acera o por una línea amarilla continua.

Así, aunque muchos propietarios estacionen en su propio vado, según la normativa, el vehículo no estaría bien aparcado y se podría ser sancionado por ello.

¿Pueden aparcar en mi vado? ¿Qué hacer si un vehículo aparca en tu vado?

La licencia permite la entrada y salida de vehículos durante las 24 horas del día. Para beneficiarse de este derecho, deberá estar en vigor y no caducada, como ya hemos mencionado. Lo más habitual es que la placa tenga una pegatina que incluye la fecha de finalización de la vigencia.

Mientras esté en vigor, ningún vehículo podrá estacionar en tu vado. No obstante, si lo hace y no encuentras al conductor, puedes llamar a la grúa municipal para que lo retiren. En caso de que vivas en una zona alejada, deberás realizar una denuncia a la Policía y las autoridades decidirán si llamar o no a la grúa. Si no lo hacen, deberás esperar a que aparezca el dueño del vehículo que obstaculiza la entrada a tu inmueble.

¿Quién puede solicitar un vado permanente?

Un vado permanente puede ser solicitado por cualquier interesado titular del inmueble al que da acceso el paso, o que realice actividades y el espacio de dicho inmueble sea destinado a la prestación de servicios, como un supermercado o taller. Asimismo, los constructores y propietarios de obras.

¿Cómo solicitar un vado permanente?

La documentación necesaria dependerá de la normativa del ayuntamiento o municipio. De forma general, se debe presentar:

  • Copia del DNI del propietario
  • Copia del título de propiedad del inmueble
  • Se debe justificar la solicitud del vado mediante la descripción de la necesidad
  • Plano de situación del inmueble y plano de emplazamiento a escala (esta última dependerá de los requisitos del ayuntamiento correspondiente). Se debe detallar el ancho del acceso y los elementos urbanísticos afectados
  • Licencias correspondientes: licencia de obra de primera utilización, de habilitación del local para garaje, licencia de modificación del uso y/o licencia de actividad
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente según el municipio

¿Cuál es el precio de un vado permanente?

El precio de un vado permanente depende de diversas variables: la ciudad y calle en la que te encuentres, la parte de acera a reservar, la superficie del garaje… el precio no será el mismo si el espacio destinado al estacionamiento en el inmueble es de una o más plazas. De forma general, el precio suele oscilar entre los 50€ y 2.500€ al año si el garaje cuenta con espacio para 1 y 15 plazas de aparcamiento, respectivamente. Por otro lado, deberás pagar la placa, cuyo precio asciende a 12€ aproximadamente.

Multa por aparcar en un vado permanente

Especialmente en las zonas urbanas, las multas por aparcar de forma incorrecta suelen ser las más habituales, ya sea por aparcar en doble fila, en zonas de carga en descarga… En este caso, la sanción por estacionar en un vado puede ascender a 200€. No obstante, podrás beneficiarte del 50% por pronto pago (15 días naturales). En caso de que decidas acogerte a la reducción y pagar los 100€, no podrás recurrir la multa.

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